LANTAL MAINING LLC, en adelante "El Guardián" por un lado, y cualquier persona que acepta el actual contrato, en adelante "El Propietario" por otro lado, llamados conjuntamente “Partes” acuerdan lo siguiente sobre el tema de almacenamiento de oro, en adelante “El Contrato”
1. Objeto del Contrato.
1.1. El Guardián se compromete (por un cargo adicional), basándose en las condiciones contempladas en el actual Contrato, a recibir y almacenar el oro que le confía el Propietario, en adelante “El Oro”.
1.2. El Guardián contabiliza el Oro almacenado a través de un sistema automático - WebMoney Transfer, en adelante "El Sistema". Las escrituras (en formato numérico) de las cuentas de contabilización del Oro pertenecientes al Propietario (monedero de tipo G, Monedero) determinan la masa del Oro puro que se encuentra almacenado y pertenece al Propietario. La medida de contabilización en los monederos es un gramo de Oro puro (1 WMG), la contabilización se realiza en una centésima de gramo (0.01 WMG).
1.3. La recepción y la transferencia del Oro por el Propietario de una cuenta a otra se verifica por el Guardián a través de un complejo de software y hardware del Sistema por la emisión de actos de transferencia, las Partes reconocen los registros de transacciones como actos de transferencia.
1.4. El Propietario puede transferir el Oro que le pertenece, en su totalidad o una parte del mismo, a otros Propietarios, usuarios del sistema, usando los métodos de contabilización proporcionados por el sistema.
1.5. El Oro se almacena conjuntamente con el Oro de otros Propietarios en forma de lingotes de oro de pureza no inferior a 995.0 (novecientos noventa y cinco punto cero).
1.6. El Contrato se basa en las condiciones de almacenamiento del Oro hasta que ese sea requerido por el Propietario.
2. Derechos y obligaciones de las Partes.
2.1. El Guardián se compromete a:
2.1.1. Garantizar la seguridad de almacenamiento del Oro de acuerdo con las condiciones del Contrato.
2.1.2. Devolver el Oro cuando sea demandado por el Propietario, en la cantidad establecida para el momento de devolución. El registro correspondiente se hará en la cuenta del Propietario.
2.1.3. No usar el Oro que se encuentra en almacenamiento sin el consentimiento del Propietario.
2.1.4. Publicar la información sobre la cantidad y los datos de contabilización del Oro almacenado y los datos de auditorías y las revisiones.
2.1.5. Notificar al Propietario de manera inmediata sobre la necesidad de hacer cualquier cambio en las condiciones de almacenamiento del Oro, contempladas en el Contrato. Los cambios de las condiciones del Contrato se consideran aceptadas por el Propietario transcurridos 5 (días) días naturales a partir del momento de la publicación de esos cambios en la página del Sistema (salvo los cambios relacionados con el art. 6.1. que entran en vigor desde el momento de la publicación en la página del Sistema).
2.2. El Guardián tiene derecho a:
2.2.1. Renunciar el cumplimiento del contrato de manera unilateral en caso de que el Propietario proporcione los datos incorrectos que impiden la verificación clara de su identidad, igual que en caso de incumplimiento por parte del Propietario de los art. 2.3.2., 6.1.,6.2. del Contrato, códigos, políticas, reglas y otros reglamentos del Sistema.
2.2.2. Contratar a terceros para cumplir con sus obligaciones contempladas en el Contrato.
2.3. El Propietario se compromete a:
2.3.1. Aceptando el actual Contrato, proporcionar sus datos personales reales que permiten identificarlo fácilmente.
2.3.2. Notificar al Guardián con antelación y romper el actual acuerdo en caso de cambiar el país de su residencia si el país se encuentra en la lista de los países nombrados en el art. 6.1. del Contrato.
2.4. El Propietario tiene derecho a:
2.4.1. Gestionar el Oro que le pertenece según le parece, incluyendo la posibilidad de traspasar o venderlo a terceros.
3. Responsabilidades de las Partes.
3.1. De acuerdo con los términos del presente Contrato, el Guardián se responsabiliza completamente por el Oro que le han confiado almacenar salvo los casos cuando la pérdida, falta o daños se produjeron por causas de fuerza mayor o por mala fe o negligencia grave del Propietario.
3.2. El Propietario es quien carga con toda la responsabilidad por el uso del Oro que le pertenece, de acuerdo con las normas legales del país de su residencia; entre otras el Propietario tiene la responsabilidad administrativa, penal o de otro tipo por cumplimiento de los requisitos contemplados en los art. 2.3.2,6.1,6.2. y por cualquier acción ilegal relacionada con el uso del Monedero y/o los fondos de las transacciones dentro del Sistema.
4. Entrega del oro.
4.1. El Depositario entregara el Oro al Tenedor en forma de lingotes de oro, en una cantidad que debera multiplicar/igual el peso de los lingotes de Oro disponibles en el Depositario y el peso del Oro a entregar no debera ser inferior a 10 kg. La entrega del Oro se realiza solo en las oficinas de las empresas que proporcionan el servicio de almacenamiento del Oro.
5. Procedimiento y forma de pago.
5.1. Por sus servicios de almacenamiento del Oro el Guardián recibe el 0.8 (ocho décimas) % de la masa contabilizada del Oro puro, que se traspasa de la cuenta en el Sistema del Propietario a las cuentas de terceros, pero nunca inferior a una centésima de la medida de contabilización (0.01 WMG) ni superior a dos (2 WMG). Los honorarios mencionados incluyen todos los gastos del Guardián que conlleva el cumplimiento del Contrato.
5.2. Los honorarios del Guardián se cobran de manera inmediata e indiscutible en el momento de la entrega del Oro a terceros.
6. Condiciones adicionales.
6.1. El presente Contrato no puede ser firmado con un Propietario que resida en uno de los siguientes países: Emiratos Árabes Unidos, Irán, Iraq, Afganistán. La lista de los países y las personas puede ser modificada por el Guardián en cualquier momento de manera unilateral.
6.2. Los servicios contemplados en el presente Contrato no se proporcionan y las operaciones de traspaso del Oro no se realizan en el caso si el Propietario se encuentre en el territorio de uno de los países nombrados en el art. 6.1., salvo las operaciones relacionadas con la entrega del Oro por el Guardián directamente al Propietario.
6.3. Cuando se acepten las condiciones del presente Contrato que se encuentra en el servidor del Sistema en Internet, El Contrato queda firmado en formato electrónico y entra en vigor a partir del momento de verificación por el Sistema de la entrada del Oro al almacén.
6.4. El contrato pierde su vigor y se considera vencido por la iniciativa del Propietario en el momento en el que el Propietario elimine su Monedero de tipo G. El Contrato no puede rescindirse en caso de tener saldo distinto al nulo en el dicho Monedero.
6.5. Las Partes reconocen que los documentos en formato electrónico, elaborados a través del (con medios de) Sistema y firmados con el análogo de la firma manual (contrato de almacenamiento, actos de transferencia, contratos de compraventa, cuentas, extractos de las cuentas), son jurídicamente equivalentes a los documentos por escrito correspondientes.